top of page
HAVEN STAFFING SOLUTIONS CORP
Hoja de Registro de Nuevo Empleado
Género
Estado Civil
En Caso de Emergencia

​​

Acuerdo de Empleo

​

Este Acuerdo de Empleo (el “Acuerdo”), fechado a partir de la fecha indicada sobre las firmas que aparecen a continuación (la “Fecha de Vigencia”), es celebrado entre Haven Staffing Solutions Corp. (la “Empresa”) y la persona o entidad firmante (el “Empleado”). En consideración a las promesas y convenios mutuos aquí contenidos, y por otros bienes y valores cuya recepción y suficiencia se reconocen, las partes acuerdan lo siguiente:

​

1. Servicios. En su calidad de                                                                        usted será responsable de realizar otros deberes y responsabilidades razonables y consistentes con dicho cargo, según le sean asignados ocasionalmente.

 

2. Nombre e Imagen. El Empleado autoriza a la Empresa a utilizar, reutilizar y conceder a terceros el derecho a utilizar y reutilizar su nombre, imagen, voz e información biográfica, así como cualquier reproducción o simulación de los mismos, en cualquier medio existente o que se desarrolle en el futuro (incluyendo, entre otros, película, video, medios digitales, y otros medios tangibles y electrónicos) para cualquier propósito razonablemente relacionado con el negocio de la Empresa.

 

3. Acuerdo de No Contratación Directa por Empresas Clientes. Como condición de empleo con Haven Staffing Solutions Corp., entiendo y acepto que estoy siendo asignado a propiedades de clientes en carácter temporal o como parte de un equipo de fuerza operativa. Reconozco que no podré aceptar empleo directo—ya sea permanente, temporal, a tiempo completo, parcial o por contrato—con ningún cliente de Haven Staffing Solutions Corp. al que se me haya asignado, ni durante la asignación ni dentro de los doce (12) meses siguientes a su finalización, sin el consentimiento previo y por escrito de Haven Staffing Solutions Corp. Además, entiendo que

cualquier oferta de empleo directo de un cliente debe ser informada de inmediato a Haven Staffing Solutions Corp., y que no hacerlo puede resultar en la terminación del empleo y/o acciones legales.

 

4.  Información Confidencial.

 

(a) El Empleado reconoce que ha adquirido o puede adquirir Información Confidencial (según se define a         continuación) de la Empresa y que divulgar dicha Información Confidencial a terceros podría dañar irreparablemente el negocio de la Empresa. En consecuencia, el Empleado no usará ni permitirá que se use dicha Información Confidencial en conexión con actividades ajenas al negocio de la Empresa y no la revelará a terceros, salvo autorización escrita de la Empresa o por requerimiento legal o de una orden judicial o gubernamental, debiendo en ese caso notificar a la Empresa previamente.

 

(b) Al finalizar este Acuerdo por cualquier motivo, al terminar el acceso a la Información Confidencial, o por solicitud previa de la Empresa, el Empleado deberá devolver todos los materiales originales y copias en cualquier formato tangible o intangible que contengan dicha información.

 

(c) “Información Confidencial” incluye toda información propietaria, técnica, secretos comerciales y conocimientos de la Empresa, incluyendo sin limitarse a términos de este Acuerdo, planes de desarrollo, listas de clientes, canales de distribución, datos financieros, fórmulas, diseños, estudios y software.

 

 

5. Declaraciones Difamatorias. Tanto la Empresa (a través de sus directivos) como el Empleado no harán declaraciones negativas o difamatorias que puedan dañar la reputación o relaciones comerciales de la otra parte.

 

6. Indemnización. El Empleado acuerda defender y mantener indemne a la Empresa ante cualquier pérdida o daño derivado de su negligencia o falta, así como ante cualquier reclamo por lesiones o daños derivados del trabajo prestado.

 

7. Plazo y Terminación.

 

(a) Este Acuerdo inicia en la Fecha de Vigencia y continuará en vigor mientras el Empleado preste servicios, salvo terminación anticipada.

 

(b) Empleo a Voluntad. El empleo es a voluntad y puede ser terminado por cualquiera de las partes en cualquier momento, con o sin causa.

 

8. Divisibilidad. Si alguna cláusula de este Acuerdo es considerada inaplicable, las demás continuarán en vigor.

 

9. Supervivencia. Cualquier disposición que por su naturaleza deba seguir vigente tras la terminación, así lo hará.

 

10. Sucesores y Cesionarios. Este Acuerdo vincula a las partes y sus respectivos herederos, cesionarios y representantes legales. El Empleado no podrá ceder derechos sin consentimiento

escrito de la Empresa.

 

11. No Renuncia de Recursos. El uso de cualquier recurso legal por parte de la Empresa no excluye otros disponibles por ley.

 

12. Arbitraje. Todas las disputas serán resueltas mediante arbitraje vinculante, conforme al Acuerdo Mutuo de Arbitraje adjunto.

 

13. Acuerdo Completo. Este Acuerdo representa el acuerdo total entre las partes y solo puede ser modificado por escrito firmado por ambas partes.

 

14. No Renuncia. La falta de ejercicio de un derecho no será considerada como renuncia al mismo.

 

15. Notificaciones. Las notificaciones deberán ser por escrito y se considerarán entregadas conforme a las condiciones especificadas.16. Ley Aplicable. Este Acuerdo se regirá por las leyes del Estado de Nueva York, sin

considerar sus normas de conflicto de leyes.

​

16. Ley Aplicable. Este Acuerdo se regirá por las leyes del Estado de Nueva York, sin considerar sus normas de conflicto de leyes.

 

17. Contrapartes. Este Acuerdo podrá firmarse en versiones electrónicas o separadas.

Haven Staffing Solutions Corp. 

​

​

Firma: 

​

​

Nombre:

​

​

Título:

​

​

Fecha:

EMPLEADO:

​

​

Firma: 

​

​

Nombre:

​

​

Fecha:

Acuerdo Mutuo de Arbitraje 

​

En reconocimiento de que pueden surgir diferencias relacionadas con su empleo con Haven Staffing Solutions Corp. (la “Empresa”), usted y la Empresa acuerdan resolver dichas diferencias por medio de un procedimiento de arbitraje rápido, imparcial y económico.

​

1. Reclamaciones Sujetas a Arbitraje. Usted y la Empresa renuncian al derecho de juicio con jurado. Toda disputa, reclamo o controversia relacionada con su empleo se resolverá mediante arbitraje vinculante, incluyendo discriminación, incumplimiento de contrato, compensación,lesiones personales, etc.

​

2. Reclamaciones No Sujetas a Arbitraje. Usted conserva el derecho de presentar denuncias ante agencias gubernamentales (como EEOC, NLRB), aunque las reclamaciones monetarias deberán resolverse mediante arbitraje. Se excluyen del arbitraje los beneficios de compensación laboral, desempleo y otros expresamente indicados por ley.

​

3. Renuncia a Acciones Colectivas. Las partes acuerdan que las reclamaciones deben presentarse de forma individual. El árbitro no podrá consolidar casos ni resolver acciones colectivas o representativas.

 

4. Procedimiento. El arbitraje se llevará a cabo ante JAMS en Manhattan, NY, conforme a sus normas vigentes, salvo modificación por este Acuerdo. Si JAMS no acepta el caso, se seleccionará otro servicio comparable.

 

5. Descubrimiento y Mociones. Las partes podrán realizar descubrimiento razonable y presentar mociones conforme a la ley aplicable.

 

6. Recursos. El árbitro podrá conceder cualquier remedio legal o equitativo que estaría disponible en un tribunal.

 

7. Decisión. El árbitro emitirá una decisión escrita dentro de los 30 días posteriores a la audiencia. Su decisión será final y vinculante, y ejecutable en un tribunal estatal de Nueva York.

 

8. Derecho de Apelación. La decisión del árbitro está sujeta a revisión legal. Si el tribunal no

revisa el laudo por errores legales, se podrá apelar bajo las Reglas Opcionales de Apelación de

JAMS.

 

9. Honorarios y Costos de Arbitraje. En la medida en que lo exija la ley, la Compañía asumirá todos los honorarios y costos razonables y necesarios del foro de arbitraje que el Empleado noestaría obligado a asumir si las Reclamaciones se presentaran ante un tribunal. En todas las demás circunstancias, la Compañía y el Empleado pagarán cada uno el cincuenta por ciento (50%) de los honorarios y costos del foro de arbitraje. Las partes serán responsables de sus propios honorarios de abogados y costos, salvo que el árbitro tenga la facultad de adjudicar los honorarios de abogados y costos a la parte que prevalezca, de acuerdo con la ley sustantiva que rija las Reclamaciones. Cualquier controversia relacionada con el pago de honorarios y costos en virtud de este Acuerdo será decidida por el árbitro.

 

10. Ley Aplicable a las Reclamaciones. El árbitro aplicará la ley de Nueva York y la ley federal, según corresponda, a cualquier Reclamación y defensa presentada por las partes.

 

11. Ley Aplicable a este Acuerdo. No obstante cualquier otra disposición de este Acuerdo, la Ley Federal de Arbitraje regirá la interpretación y ejecución de este Acuerdo, los procedimientos del arbitraje y la ley sustantiva aplicable para la revisión por error legal, confirmación, corrección o anulación del laudo final del árbitro.

 

12. Determinación de la Arbitrabilidad. Un tribunal estatal de Nueva York con jurisdicción sobre las Reclamaciones de una parte, y no el árbitro, tendrá la autoridad y jurisdicción exclusivas para resolver cualquier cuestión relacionada con la formación o aplicabilidad de este Acuerdo, o cualquier cuestión relacionada con si las Reclamaciones están sujetas a arbitraje en virtud de este Acuerdo. El Empleado y la Compañía acuerdan que están sujetos a la jurisdicción de los tribunales del estado de Nueva York para estos fines.

 

13. Empleo a Voluntad. Este Acuerdo no es, y no deberá interpretarse como, un contrato de empleo, expreso o implícito. Este Acuerdo no deberá interpretarse de ninguna manera como un cambio en el estado de empleo del Empleado, que seguirá siendo "a voluntad", ni como una modificación, nulidad o alteración del acuerdo de empleo a voluntad entre usted y la Compañía.

 

14. Revocación y Modificación. Este Acuerdo sobrevivirá a la terminación de su relación laboral con la Compañía. El Acuerdo se aplicará a cualquier Reclamación, ya sea que surja o se presente durante o después de la terminación de dicha relación. Este Acuerdo solo podrá modificarse o revocarse mediante un escrito firmado por usted y un ejecutivo de la Compañía que haga referencia a este Acuerdo y declare específicamente la intención de modificar o revocar el presente Acuerdo.

 

15. Reforma y Divisibilidad. Si cualquier cláusula o disposición de este Acuerdo es declarada nula o inaplicable por un tribunal, dicha cláusula o disposición será modificada o, si no es posible modificarla, eliminada en la medida necesaria para permitir la ejecución de este Acuerdo, y las disposiciones restantes permanecerán en pleno vigor y efecto. Sin embargo, en ningún caso el árbitro podrá conocer de Reclamaciones como acciones colectivas, representativas o grupales, incluso si el Párrafo 3 de este Acuerdo, o cualquier cláusula contenida en el mismo, se considera nulo o inaplicable. En otras palabras, si una o más de las renuncias a acciones colectivas o

representativas del Párrafo 3 se consideran inaplicables, el/los tipo(s) específico(s) de renuncia que resulten inaplicables serán eliminados del Acuerdo y la(s) acción(es) correspondiente(s) serán conocidas y resueltas mediante un procedimiento judicial adecuado, y no mediante arbitraje. Todas las demás Reclamaciones deberán proceder mediante arbitraje individual.16. Acuerdo Completo. Este Acuerdo constituye el entendimiento completo entre las partes con respecto al objeto del mismo, y revoca y reemplaza todos los acuerdos orales o escritos

anteriores o contemporáneos relacionados con el arbitraje de Reclamaciones. Ninguna de las partes se basa ni se basará en representaciones (ya sean orales o escritas) sobre el efecto, aplicabilidad o significado de este Acuerdo. Una versión escaneada, copiada o por fax de las firmas en este Acuerdo tendrá la misma validez que las firmas originales.

​

POR FAVOR LEA ESTE ACUERDO CUIDADOSAMENTE. Al aceptar este Acuerdo, usted acuerda someterse a arbitraje final y vinculante para todas y cada una de las disputas entre usted y la Compañía, incluyendo, sin limitación, disputas relacionadas con su relación laboral y su terminación, así como reclamaciones de discriminación y acoso. También está aceptando renunciar a su derecho a un juicio por jurado y a presentar una reclamación de forma colectiva, representativa o grupal.

 

Usted reconoce que ha leído este Acuerdo, comprende sus términos y ha tenido la oportunidad de discutir este Acuerdo con un asesor de su elección, incluyendo su propio abogado, y ha aprovechado dicha oportunidad en la medida que lo ha considerado necesario.

La Compañía no tolerará represalias contra ningún empleado por solicitar una adaptación razonable.

 

El éxito de nuestra política depende, en gran parte, del entendimiento y la cooperación de todos nuestros empleados. Por lo tanto, podemos pedirle que firme el siguiente reconocimiento:

 

Yo,                                                                      , he leído cuidadosamente la política anterior y entiendo y reconozco que se aplica a mí tanto en mi cargo actual como en cualquier puesto futuro que pueda ocupar en Haven Staffing Solutions Corp.

​

Política de Horario y Asistencia 

​​​

Horas Extras y Clasificación de Empleados

​

El propósito de esta política es definir las pautas para el cálculo de la compensación por horas extras a empleados no exentos. Según las necesidades de la Compañía, se requerirá que los empleados trabajen horas extras cuando se les solicite.

 

Los empleados son clasificados como exentos o no exentos, según sus deberes laborales y otros factores. Los empleados no exentos reciben compensación por horas extras por las horas trabajadas que excedan las 40 horas semanales. Los empleados exentos reciben un salario fijo y no reciben compensación por horas extras por horas trabajadas que excedan las 40 horas semanales.

​

Se requiere aprobación previa de un supervisor antes de que cualquier empleado no exento trabaje horas extras. Los empleados que trabajen horas extras sin aprobación estarán sujetos a medidas disciplinarias. Los empleados no exentos por hora que trabajen horas extras según lo definido por la ley federal o estatal serán remunerados con una tarifa horaria equivalente a una vez y media su tarifa horaria regular. El tiempo por el cual un empleado recibe pago por días festivos, vacaciones o días de enfermedad no se contará como horas trabajadas para el cálculo de

horas extras.

​

Procedimientos para Registrar Entrada/Salida

​

Se requerirá que los empleados registren con precisión sus horas trabajadas diariamente. Deberá usar el número de entrada proporcionado por su supervisor para establecer un registro de su asistencia, el cual se usará para calcular su pago.

 

Es obligatorio que todos los empleados por hora registren su "entrada" en uniforme y listos para trabajar y registren su "salida" también en uniforme, mediante el método aprobado de control de tiempo (POS). Los empleados deben marcar su entrada no más de 5 minutos antes del inicio programado de su turno y marcar su salida no más de 5 minutos después del final del turno. Los empleados no exentos no deben comenzar a trabajar antes del horario programado. No cumplir con esta política puede resultar en medidas disciplinarias. Es una violación de la política de la Compañía registrar la entrada o salida por otro empleado y constituye motivo de despido.

 

Si comete un error al registrar su tiempo, debe notificar a su gerente de inmediato y comunicarle el error para que se registre correctamente el tiempo trabajado.

 

El éxito de nuestra política depende, en gran parte, del entendimiento y la cooperación de todos nuestros empleados. Por lo tanto, podemos pedirle que firme el siguiente reconocimiento:

​

Yo,                                                                            he leído cuidadosamente la política anterior y entiendo y reconozco que se aplica a mí tanto en mi cargo actual como en cualquier puesto futuro que pueda ocupar en Haven Staffing Solutions Corp.

​

Firma del Empleado: 

​

​

Nombre del Empleado:   :  

 

​

Fecha: 

Aviso y Reconocimiento de Tarifa de Pago

​

Información del Empleador: 

Aviso Entregado:

  $                                                                              por hora

Asignaciones Tomadas

Solo para Empleados que Reciben Propinas: 

​​

El crédito por propinas tomado será de                                por hora. Si no recibe suficientes propinas durante la semana para alcanzar las tarifas mínimas por hora para las primeras 40 horas y 1½ veces esa cantidad por hora para las horas que excedan las 40, se le pagará salario adicional esa semana para compensar la diferencia.

​

Día de Pago Regular

Frecuencia de Pago

  $                                                                              por hora

Reconocimiento del Empleado:

​​

En este día se me ha notificado mi tarifa de pago, tarifa de pago por bonificaciones y tarifa de pago por horas extras (si corresponde), asignaciones y día de pago designado en la fecha indicada continuación. Le he informado a mi empleador cuál es mi idioma principal.

Marque uno:

Autorización de Depósito Directo

​

Por la presente autorizo a Haven Staffing Solutions Corp. a depositar mi cheque directamente en mi cuenta de ahorros / corriente como se indica a continuación:

Nombre del Empleado:

 

Número de Seguro Social del Empleado:

​

Dirección del Empleado:       

Tipo de Cuenta:           

​

​

​

​

​

Tipo de Depósito: 

​

                                                          

​

Thanks for submitting!

© 2023 HavenStaffingSolutions.               (917) 443-1597

​

Follow Us:

  • White Instagram Icon
  • White Twitter Icon
  • LinkedIn
bottom of page